El bono pensional no lo puede cobrar un afiliado. Este es un pago que se hace entre entidades.
Es común escuchar de alguien, que la entidad en la cual efectuó las cotizaciones para el sistema general de pensiones, le pagó el bono pensional,
Abogado egresado de la Universidad de Caldas en el año 2006. Cuenta con más de 13 años de experiencia en el tema pensional de servidores públicos y trabajadores del sector privado. Trabajó en la extinta Caja Nacional de Previsión Social -CAJANAL EICE-, la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior -Fiducoldex S.A., en el área de reconocimiento pensional a cargo del Fondo Pasivo Social Ferrocarriles Nacionales de Colombia, y en la Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES-, así mismo, se ha desempeñado durante los últimos 8 años como abogado litigante en derecho laboral y seguridad social en pensiones.
Entre sus logros se destaca haber promovido el conflicto de competencias administrativas, a través del cual la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, declaró competente a la Unidad Administrativa de Gestión Pensional – UGPP -, para efectuar el reconocimiento y pago de intereses moratorios, beneficiando a los pensionados del país que habían obtenido una sentencia a favor dentro de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho contra la extinta CAJANAL E.I.C.E
Es común escuchar de alguien, que la entidad en la cual efectuó las cotizaciones para el sistema general de pensiones, le pagó el bono pensional,
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