Para que usted pueda entender cómo se calcula el valor de las pensiones por vejez que reconoce la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones -, a continuación explicaremos de la forma más sencilla posible, Como se liquida la pensión de vejez para los afiliados a Colpensiones, según lo estipulado en la ley 100 de 1993, modificada por la ley 797 de 2003.
Para empezar, debe tener claro el concepto de “Ingreso Base de Liquidación” (IBL), el cual corresponde al promedio de los salarios o rentas sobre los cuales ha cotizado el afiliado durante los diez (10) años anteriores al reconocimiento de la pensión, según lo indica el artículo 21 de la ley 100 de 1993.
También el artículo 34 de esta misma disposición establece que a partir del 01 de enero del año 2004 se aplicarán las siguientes reglas para el cálculo del valor de la pensión:
El monto mensual de la pensión correspondiente al número de semanas mínimas de cotización requeridas, será el equivalente al 65% del ingreso base de liquidación de los afiliados. Dicho porcentaje se calculará de acuerdo con la fórmula siguiente:
Fórmula para realizar calculo:
r = 65.50 – 0.50 s, donde:
r = porcentaje del ingreso de liquidación.
s = número de salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Se deberá emplear la anterior fórmula para calcular el valor de la pensión de aquellos afiliados que adquieran el derecho a la pensión de vejez a partir del 01 de enero de 2004, entonces, teniendo claro ya, que el Ingreso Base de Liquidación (IBL), corresponde al promedio de lo cotizado en los últimos diez (10) años.
Ejercicio a manera de ejemplo de cómo se liquida la pensión de vejez para los afiliados a Colpensiones
Juan cotizó un total 1720 semanas al Sistema General de Pensiones, con un Ingreso Base de Liquidación (IBL), de dos millones de pesos ($2.000.000) y adquirió el derecho a que Colpensiones le reconociera una pensión de vejez en el año 2015, fecha en la cual el número de semanas mínimo requerido para la pensión de vejez era de 1.300 semanas cotizadas. En este caso, aplicamos la fórmula de la siguiente manera:
r = 65.50 – 0.50s (s es el número de salarios mínimos para el año 2015. Se divide el IBL entre el salario mínimo mensual vigente para este año)
r = 65.50 – .050 X 3.10
r = 65.50 – 1.55
r = 63.95% por las primeras 1300 semanas, y se incrementa 1.5% por cada cincuenta (50) semanas adicionales a las mínimas requeridas, así:
63.95% + 12% = 75.95%
Al emplear la anterior fórmula obtenemos el porcentaje a aplicar al Ingreso Base de Liquidación (IBL), por lo cual, para calcular la pensión de vejez de Juan, se deberá calcular el 75.95% del Ingreso Base de Liquidación (IBL), esto es, de dos millones de pesos ($2.000.000), dando como resultado una mesada pensional por valor de $1.519.000 para el año 2015.